02 250 6321
099 820 4275
Av. Repúbica #500 y Pasaje Martín Carrión

Capítulo V DEL IMPUESTO AL ICE

Abogados, Financieros & Asociados

a.253.29 Declaración y pago del ICE: • Declararán y pagarán semestralmente

Ventas a crédito con ICE • Se declarará y pagará en la declaración semestral del periodo en el que se produjeron las ventas

ICE en fundas plásticas (Disposición Transitoria) • Aplicable a partir del 9 de mayo del 2020.

Se debe aclarar que la declaración y pago del régimen Microempresarial se convierte en Anticipo del Impuesto a la Renta al solicitar al contribuyente la declaración de forma Semestral.

• No existe Fracción Básica para este régimen Microempresarial, por ende tributan todos los del régimen. • Se eliminan los beneficios del impuesto a la renta de la 3era edad y Discapacitados para este régimen.

• Las retenciones del impuesto a la renta si constituyen Crédito Tributario.

• Se reduce significativamente el Pasivo del Estado con respecto a Devoluciones de Impuesto a la Renta de este tipo de contribuyentes y hoy si se puede decir que son ingresos netos que financian el presupuesto del Estado.

• Medir cuantitativamente el impacto que es tributar el 2% sobre los ingresos frente al % de rentabilidad equivaldría tributar en el régimen General dependiendo en escalas de ingresos..

LinkedIn
Share
Instagram
WhatsApp